Déclaration écrite ACTA 12/2010/es : Différence entre versions

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A. considérant les négociations en cours concernant l’accord commercial anti-contrefaçon (ACAC), <br/>
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A. Considerando las negociaciones en curso sobre el Acuerdo Comercial de Lucha contra la Falsificación (ACTA),<br />
B. considérant que le rôle de codécision du Parlement européen en matière commerciale et son accès aux documents de négociation sont garantis par le traité de Lisbonne,<br/>
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B. Considerando la función de codecisión del Parlamento Europeo en cuestiones comerciales y su acceso a los documentos de negociación, consagrados en el Tratado de Lisboa,<br />
1. considère que l’accord proposé ne doit pas imposer indirectement l’harmonisation de la législation européenne sur le droit d’auteur, les brevets ou les marques et qu'il convient de respecter le principe de subsidiarité;<br/>
+
1. Considera que el acuerdo propuesto no debería imponer indirectamente la armonización de los derechos de autor, las patentes o las marcas comerciales de la UE, y que debería respetarse el principio de subsidiariedad;<br />
2. déclare que la Commission devrait immédiatement mettre à la disposition du public tous les documents relatifs aux négociations en cours;<br/>
+
2. Declara que la Comisión debería hacer públicos inmediatamente todos los documentos relacionados con las negociaciones en curso;<br />
3. estime que l’accord proposé ne doit pas imposer de restrictions à la procédure judiciaire ni affaiblir les droits fondamentaux tels que la liberté d’expression et le droit au respect de la vie privée;<br/>
+
3. Opina que el acuerdo propuesto no debería imponer restricciones a las garantías procesales debidas ni debilitar derechos fundamentales como la libertad de expresión o el derecho a la intimidad;<br />
4. souligne qu'une évaluation des risques économiques et d’innovation doit précéder l’introduction de sanctions pénales dans les cas où des mesures civiles sont déjà instaurées;<br/>
+
4. Destaca que la evaluación de los riesgos económicos y de innovación debe realizarse con anterioridad a la introducción de sanciones penales en ámbitos donde ya existan medidas civiles;<br />
5. considère que les fournisseurs de services internet ne doivent pas être tenus responsables des données qu'ils transmettent ou hébergent par l’intermédiaire de leurs services dans une mesure qui impliquerait une surveillance préalable ou le filtrage de ces données;<br/>
+
5. Considera que no debe recaer sobre los proveedores de servicios de Internet la responsabilidad por los datos que transmiten o recogen a través de sus servicios hasta tal punto que ello implique un control previo o el filtrado de tales datos;<br />
6. signale que toute mesure visant à renforcer les compétences en termes de contrôle transfrontalier et de saisies de marchandises ne peut porter atteinte à l’accès à des médicaments légaux, abordables et sûrs à l’échelle mondiale;<br/>
+
6. Señala que cualquier medida destinada a reforzar las competencias en materia de controles transfronterizos e incautación de mercancías no debería afectar al acceso mundial a medicamentos lícitos, asequibles y seguros;<br />
7. charge son Président de transmettre la présente déclaration, accompagnée du nom des signataires, au Conseil et à la Commission, ainsi qu’aux parlements des États membres.<br/>
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7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes, al Consejo y a los Parlamentos de los Estados miembros.
  
 
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Version actuelle datée du 4 août 2015 à 18:43

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Au 09/09/2010, la déclaration écrite 12/2010 a recueilli 393 signatures et a par conséquent été adoptée par le Parlement européen. Grand merci à tous les citoyens qui ont participé à cette victoire !! Mais le combat continue : l'ACTA doit être rejeté !!

DECLARACIÓN POR ESCRITO

presentada de conformidad con el artículo 123 del Reglamento

sobre la falta de un proceso transparente y un contenido potencialmente reprensible en relación con el Acuerdo Comercial de Lucha contra la Falsificación (ACTA)

Françoise Castex, Zuzana Roithová, Alexander Alvaro, Stavros Lambrinidis

Fecha en que caducará: 9.09.2010


Declaración por escrito sobre la falta de un proceso transparente y un contenido potencialmente reprensible en relación con el Acuerdo Comercial de Lucha contra la Falsificación (ACTA)

El Parlamento Europeo,

– Visto el artículo 123 de su Reglamento,

A. Considerando las negociaciones en curso sobre el Acuerdo Comercial de Lucha contra la Falsificación (ACTA),
B. Considerando la función de codecisión del Parlamento Europeo en cuestiones comerciales y su acceso a los documentos de negociación, consagrados en el Tratado de Lisboa,
1. Considera que el acuerdo propuesto no debería imponer indirectamente la armonización de los derechos de autor, las patentes o las marcas comerciales de la UE, y que debería respetarse el principio de subsidiariedad;
2. Declara que la Comisión debería hacer públicos inmediatamente todos los documentos relacionados con las negociaciones en curso;
3. Opina que el acuerdo propuesto no debería imponer restricciones a las garantías procesales debidas ni debilitar derechos fundamentales como la libertad de expresión o el derecho a la intimidad;
4. Destaca que la evaluación de los riesgos económicos y de innovación debe realizarse con anterioridad a la introducción de sanciones penales en ámbitos donde ya existan medidas civiles;
5. Considera que no debe recaer sobre los proveedores de servicios de Internet la responsabilidad por los datos que transmiten o recogen a través de sus servicios hasta tal punto que ello implique un control previo o el filtrado de tales datos;
6. Señala que cualquier medida destinada a reforzar las competencias en materia de controles transfronterizos e incautación de mercancías no debería afectar al acceso mundial a medicamentos lícitos, asequibles y seguros;
7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes, al Consejo y a los Parlamentos de los Estados miembros.